miércoles, 19 de octubre de 2011

Contratos comerciales - El Estado en la economía - Presupuesto

Copio, debajo, tres textos que se refieren a algunos contratos comerciales en particular (este tema había quedado pendiente) a la intervención del Estado en la economía y, brevemente, al presupuesto de gastos y recursos.
Ya saben que pueden descargarlo en formato Word A4 o copiar y pegar

CONTRATOS COMERCIALES

EL ESTADO EN LA ECONOMÍA

EL PRESUPUESTO

CONTRATOS COMERCIALES EN PARTICULAR

CUENTA CORRIENTE MERCANTIL Y BANCARIA

La cuenta corriente es un contrato en virtud del cual las partes convienen en que los créditos y deudas que arrojen las operaciones que efectúen en un determinado lapso pierdan su individualidad y se fundan en dos masas contrapuestas para liquidarse en su fecha convenida, compensándose hasta concurrencia de la menor, a fin de obtener, si resultan desiguales, un saldo, deudor para una y acreedor para la otra. Importa una concesión reciproca de crédito.

La producción de intereses de los valores y debitos se debe a que estos una vez entregados, se hacen en calidad de propiedad para la parte que los recibe, y es este en que los usa, así,”se justifica por que el remitente se desprende de un valor que pasa a manos del receptor, el cual se beneficia por reputarse que es utilizado por éste”.

Se concreta que la cuenta corriente es una cuenta que registra una serie continuada de operaciones y que no se cierra, que se considera siempre abierta y que, por lo tanto, hasta su clausura no arrojara resultados provisorios.

Así pues, todos lo valores son transmisibles en propiedad, de modo que esa transferencia es a la vez condición esencial y efecto del contrato, en cuanto que, si no se trasmite la propiedad, la remesa es extraña al contrato de cuenta corriente mercantil.

La cuenta corriente bancaria es un contrato por medio del cual un banco recibe de una persona determinada un depósito de dinero en efectivo o le otorga un crédito; para girar contra aquél, pudiendo disponer de dichos fondos en cualquier momento, a través de cheques provistos por la entidad bancaria.

La falta de identidad jurídica entre cuenta corriente mercantil y cuenta corriente bancaria, reside en que, mientras la primera es un contrato autónomo que implica ya un convenio de compensación diferido, ya una concesión de crédito reciproco, la cuenta corriente bancaria esta necesariamente vinculada a otros contratos bancarios, como es el Deposito irregular, crédito bancario, etc. Es sencillo demostrar que en la cuenta corriente bancaria no existe, ni la compensación diferida, ni el crédito reciproco. En cuenta corriente bancaria no existen dos obligaciones que se extinguen hasta donde alcance la menor, sino la variación cuantitativa de una única obligación.

Otra diferencia entre cuenta corriente Mercantil y Bancaria estriba “en que la primera, hasta su clausura ninguna de las partes puede considerarse acreedora o deudora, mientras que, en la segunda hay una permanente y cierta disponibilidad”.

CONTRATO DE FRANQUICIA

Llamado también contrato de franchising, es aquel acuerdo de voluntades celebrado entre una empresa que posee una marca y tradición reconocidas en el mercado y otras empresas o personas, que se comprometen a abrir locales con esa marca y respetando la forma de comercialización y el modo de organización empresarial del franquiciante. Éste debe cederles el uso de la marca y otorgarle las instrucciones necesarias sobre el modo de organizar el negocio en lugar y por plazo determinado como si se tratara de la propia empresa franquiciante. Si se trata de alimentos debe darle por ejemplo las recetas, el modo de vestirse de los empleados, la decoración del local, etcétera. Este conjunto de información que el franquiciante debe darle al franquiciado, es la franquicia.

El franquiciante debe redactar, con todas estas instrucciones, un manual operativo, donde debe constar el origen y la evolución de la empresa, las estrategias de comercialización del producto, y las causas por las cuales se utiliza la franquicia. En el manual se detallan, la marca, la forma de comercialización, el tipo de mercadería, el stock que debe disponerse, la forma de decoración de los locales, la forma de exhibición de los productos, la forma de atención al público, requisitos del personal a contratar, de publicidad del producto, etcétera. El franquiciante le debe al franquiciado asistencia permanente.

La empresa franquiciada, la que abre el local con la marca del franquiciante, debe abonarle un precio que puede ser fijo o consistir en un porcentaje de las ganancias.

La empresa franquiciada puede estar ubicada en el mismo país o en otro distinto del franquiciante.

El contrato puede hacerse por escrito aunque es común que se realice por medio de fax.

Hay franquicias de producción, donde el franquiciado obtiene la concesión de fabricación de un producto de acuerdo a las instrucciones recibidas del franquiciante. Por ejemplo una empresa de empanadas.

La franquicia de distribución consiste en recibir un producto ya terminado, para distribuirlo y venderlo, pero no de fabricarlo.

La franquicia de servicios, consiste en ofrecer como bien de marca del franquiciante, por parte del franquiciado un producto intangible, como por ejemplo, los servicios de hotelería.

En Argentina no hay regulación legal específica del contrato de franquicia por lo que la libertad de las partes debe respetarse en la elaboración del contrato mientras no alteren normas de orden público o las buenas costumbres. Si bien representa para el franquiciado gastos extras por la suma que debe abonarle al franquiciante, evita riesgos, pues está utilizando una marca o un estilo, que ya fue bien recibido en el mercado.

JOINT VENTURE

Empresa conjunta o joint venture es un tipo de acuerdo comercial de inversión conjunta a largo plazo entre dos o más personas (normalmente personas jurídicas o comerciantes). Una joint venture no tiene por qué constituir una compañía o entidad legal separada. En castellano, joint venture significa, literalmente, "aventura conjunta" o "aventura en conjunto". Sin embargo, en el ámbito de lo jurídico no se utiliza ese significado: se utilizan, por ejemplo, términos como alianza estratégica y alianza comercial, o incluso el propio término en inglés. El joint venture también es conocido como "riesgo compartido" donde dos o más empresas se unen para formar una nueva en la cual se usa un producto tomando en cuenta las mejores tácticas de mercadeo.

El objetivo de una empresa conjunta puede ser muy variado, desde la producción de bienes o la prestación de servicios, a la búsqueda de nuevos mercados o el apoyo mutuo en diferentes eslabones de la cadena de un producto. Se desarrollará durante un tiempo limitado, con la finalidad de obtener beneficios económicos para su desarrollo.

Para la consecución del objetivo común, dos o más empresas se ponen de acuerdo en hacer aportaciones de diversa índole a ese negocio común. La aportación puede consistir en materia prima, capital, tecnología, conocimiento del mercado, ventas y canales de distribución, personal, financiamiento o productos, o, lo que es lo mismo: capital, recursos o el simple know-how. Dicha alianza no implicará la pérdida de la identidad e individualidad como persona jurídica.

Características de la empresa conjunta

No existen requisitos sobre la forma de actuar conjuntamente. Las empresas pueden firmar un contrato de colaboración, constituir una Unión Temporal de Empresas (UTE - reconocidas por el derecho Español) o incluso una sociedad participada por ambas.

Es necesario, sin embargo, un compromiso a largo plazo, y también es característica de la empresa conjunta el que las empresas sigan siendo independientes entre sí (no existe ni fusión ni absorción).

En una empresa conjunta los socios suelen seguir operando sus negocios o empresas de manera independiente. La empresa conjunta supone un negocio más, esta vez con un socio, cuyos beneficios o pérdidas reportarán en la cuenta de resultados de cada uno en función de la forma jurídica con la que se haya estructurado la propia empresa conjunta.

Seria bueno aclarar si el Joint Venture implica solamente la sociedad estratégica entre empresas de generación privada o si el concepto es aplicable a empresas privadas en conjunto con organizaciones de la administración publica de orden nacional, provincial o municipal. Si esto es posible la integración de capitales privados con inversión publica acarrearía beneficios de características imponderables para los Estados, especialmente cuando estas acciones conjuntas tengan lugar en el área de las ciencia y la tecnología. es compartir riesgos al ser aliados.

Motivos para constituir una empresa conjunta

Hay muchas ventajas que contribuyen a convencer a las compañías para realizar empresas conjuntas. Estas ventajas incluyen el compartir costos y riesgos de los proyectos que estarían más allá del alcance de una sola empresa. Son muy importantes las empresas conjuntas en aquellos negocios en los que hay necesidad de fuertes inversiones iniciales para comenzar un proyecto que reportará beneficios a largo plazo (como, por ejemplo, el sector petrolífero o algunas grandes obras).

Para las firmas pequeñas, medianas y grandes, la empresa conjunta ofrece una oportunidad de actuar de forma conjunta para superar barreras, incluyendo barreras comerciales en un nuevo mercado o para competir más eficientemente en el actual. Es muy habitual, por tanto, encontrar la creación de empresas conjuntas para acceder a mercados extranjeros que requieren de importantes inversiones y de un know-how específico del país en el que se intenta entrar (para lo cual uno de los socios suele ser una empresa nacional que conozca el mercado, y el otro aquel que pretende introducir sus productos).

UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS (U.T.E.)

El contrato de Unión Transitoria de Empresas, es un contrato nominado, cuyo fin es la reunión de empresarios para el desarrollo o ejecución de una obra, servicio o suministro concreto, dentro y fuera del país. Esta reunión responde al tipo de concentración empresaria, caracterizada por la transitoriedad y no permanencia; resultando ajeno al fenómeno de “grupo de sociedades”, ya que no cuenta con una dirección común de subordinación, fijada por la sociedad controlante. Los empresarios participantes pueden ser personas físicas o jurídicas (nacionales o extranjeras); estando sus relaciones, derechos y obligaciones, regulados en las cláusulas del contrato.

Las U.T.E. no constituyen sociedades, ni son sujetos de derecho; pero sí pueden perseguir el fin de lucro.

LA INTERVENCIÓN DEL ESTADO EN LA ECONOMÍA

1. Introducción

Desde la antigüedad hasta nuestros días, se ha venido desarrollando una discusión que aun parece no tener fin, al contrario se abre a nuevos debates y tendencias producto de nuevas ideas y/o acontecimientos que impulsan una reformulación de los presupuestos para pensar el tema de este trabajo: el rol del Estado ante la sociedad. No solo pensado como conjunto de instituciones y actores encargados de satisfacer las necesidades colectivas, sino también, como un actor mas dentro del gran sistema social.

2. Marco teórico

Antes de comenzar este análisis, seria conveniente exponer algunos conceptos e ideas lo suficientemente explicitas y sencillas, de teóricos que analizan el papel del estado en los diferentes ámbitos de la sociedad, y en especial, como mencionamos en la introducción, en el ámbito económico – administrativo, y lo que no encierran ambas esferas.

Uno de los primeros que se preocupo en analizar el rol del estado en pleno, fue sin duda, Adam Smith. La economía clásica y los fisiócratas pugnaron por el laissez faire que implica la nula intervención del estado en los asuntos económicos, salvados los aspectos necesarios para la subsistencia de la sociedad, como era para asegurar la paz exterior e interior y la garantía de la propiedad. Su famosa teoría de la "mano invisible", en donde el mercado se equilibraba naturalmente, y por ende la necesidad de la intervención estatal era innecesaria. Pero acontecimientos posteriores evidenciaron y obligaron, a reformular los supuestos donde el estado va a ocupar una posición central como elemento de filtro de las necesidades del sistema , y de satisfacción de dichas demandas.

Uno de lo mas conocidos exponentes del siglo XX acerca del rol del estado es John Keynes. Sus ideas acerca del rol intervencionista del estado, han contribuido a la recuperación de la economía norteamericana después de la gran crisis del 30, además de la adopción del keynesianismo como modelo a seguir en situaciones criticas, evidenciadas a través de problemas como altos niveles de desempleo, recesión económica, etc.

Keynes concede al estado un papel central en la determinación del nivel de actividad económica y administrativa del estado. Es así que el keynesianismo trata de evitar cambios bruscos en el sistema económico (desempleo, desequilibrios fiscales, etc.), y así evitar y amortiguar la vulnerable conducta de los actores privadas a través de un fuerte papel del estado en el sistema social.

Podemos concluir que, según Keynes, para lograr el retorno del equilibrio y mantener una plena ocupación, es necesaria la intervención del estado, ya que es este quien puede mantener el nivel del gasto y de la inversión, ya sea controlando las tasas de interés mediante una adecuada política monetaria y crediticia y, ejercitando un control en los tipos de inversión.

Entonces estamos ante una dualidad de estado mínimo, y un estado cuasi – máximo. Esta dualidad va a ir adquiriendo diferentes facetas a lo largo del siglo XX, en donde los fenómenos políticos y económicos demandaron que el estado se reacomode retomando y/o delegando viejas obligaciones y funciones.

Evidenciemos en la historia argentina los diferentes enfoques:

3. El estado Argentino desde 1880 hasta la crisis de 1929

Desde los tiempos de la colonia, la argentina ha estado caracterizada, por una incipiente presencia de capital extranjero: ingles, francés, americano, etc. Estos países, grandes naciones con actitudes imperialistas vieron en nuestro hemisferio, potenciales fuentes de riqueza natural, ya sea territorio, recursos naturales y demás.

Es a partir de la formación del estado nacional en 1853, y acentuado a partir de 1880, donde se lanza lo que después se convirtió en el llamado "modelo agro exportador" que será la estrategia económica de la argentina hasta la crisis del 30.

Como dijimos anteriormente, si bien la presencia estatal era importante, la carencia de una burguesía nacional, no permitió realizar un desarrollo económico autónomo, lo cual hubiese sido importantísimo para impulsar el desarrollo local, desde adentro. O sea que se dio a la inversa. La llegada de capitales extranjeros modernizo gran parte de la actividad productiva, pero a su vez limito la intervención del estado en sus asuntos, mas allá de los enfrentamientos que pudo haber habido. Como dice Madoery: "en sus comienzos, el estado nacional desarrolló una actividad sustentada en intervenciones esporádicas que no alcanzaban a definir un perfil empresarial. Luego comenzó a desarrollar actividades bancarias y de servicios públicos, además como promotor de actividades industriales y comerciales". Tal como lo describe, se observa el carácter limitado del estado argentino dado por su inmadurez y por sus limitaciones en tanto recursos.

Este modelo económico impulsado desde el estado, pero no administrado por este estuvo cruzado por, como dijimos antes, la preeminencia del capital extranjero pero el estado, con la necesidad de integrar a la nación "llevaron a efectuar una creciente actividad empresaria, motivada también por la ausencia de capitales privados nacionales que pudieran realizarlos en su totalidad".

Esa ausencia de capitales privados es a mi entender un signo positivo y otro negativa para medir el rol del estado. Por un lado positivo, debido a que esa ausencia, posibilitó que el estado se convierta desde el vamos, en una especie de agente encargado de estimular y mejorar los medios (transporte, comunicaciones, correo) para el desarrollo de las actividades productivas, como sea a través del crédito, con la creación de bancos tales como el Banco Provincia de Buenos Aires (1863) y el Banco de la Nación Argentina (1854) o la creación del Correo (1826) y el Ferrocarril (1857), junto con YPF (1922). Pero el lado negativo, es aquel que no nos permitió realizar un desarrollo local autónomo.

A comienzos del siglo XX, en pleno apogeo del modelo impuesto por la Generación del ‘80, puede atisbarse la existencia de dos dimensiones en lo que respecta a la relación entre el Estado y los sectores más necesitados: la instauración de ciertas regulaciones protectoras a la par del aplazamiento de la organización de sectores marginales, en algunos casos, a través de la violencia.

El estado se iba haciendo cada vez más grande. Tanto en su dimensión empresarial, como administrativa. Junto con la presencia de capitales extranjeros, se iba a ir perfilando la modernización del país, junto con la construcción del ideal de nación.

De la crisis del 29 a la llegada del peronismo

Con la crisis del 29, el estado argentino adopta un papel muchísimo mas fuerte en la economía. El fuerte impacto producido en nuestra economía golpeo de muerte a un modelo monoproductor, muy ligado a los ciclos económicos, y por ende esa situación le permitió al estado reformular el modelo y adquirir un rol intervensionista y de control más fuerte, y además de un perfil más empresario y comercial

Es en este período donde se empieza a observar un crecimiento más acelerado del tamaño del estado, medido en la cantidad de industrias y negocios que participaba el mismo. El estado comenzaba su etapa de industrialización liviana., el estado comenzaba a modernizarse.

Se profundiza en este período, lo que se llamo el estado de bienestar, o estado keynesiano. Un rol mas activo del estado en todos los ámbitos de la sociedad. Un estado comprometido con la gente, un estado que podríamos llamarlo, protector, impulsor, promotor, controlador, etc.

Para resumir, en la argentina de este período, la intervención estatal en el campo productivo que, aunque tímidamente, había iniciado el líder radical y cuyos orígenes pueden remitirse a la crisis de 1.890, se verá intensificada. Aparecen juntas reguladoras, que tratarán de impedir la formación de excedentes sin destino y, en caso de no lograrlo, procederán a la destrucción de parte de la producción para evitar la baja de los precios. Se crean, entre otros, el Instituto Movilizador de Fondos Bancarios, el monopolio del transporte urbano a través de la Corporación de Transportes de la ciudad de Buenos Aires (en manos inglesas), y el Banco Central con carácter mixto estatal-inglés. El estado ahora era un actor mas, bien posicionado, dentro del sistema económico y que cumpliría un rol mucho más activo, como dijimos antes, y además mucho más comprometido in crecentum, hasta fines de la década del 60 donde el estado ya no va a poder afrontar y mantener, los desafíos y su status, y volverá a renunciar a ciertos atributos que el mercado adquirirá.

De la llegada del peronismo al proceso militar de 1976

Este período esta marcado por una cuasi plena intervención estatal. Es una etapa de la historia argentina donde crece la empresa pública, se consolida el estado como proveedor de servicios públicos y promotor de la actividad industrial.

La adquisición de los ferrocarriles, la compra de los teléfonos para luego conformar lo que se llamó ENTEL (Empresa Nacional de Telecomunicaciones), la incursión del estado en el sector metalúrgico, aeronáutico y sobre todo como principal explotador de los recursos naturales, marcan a este período, según mi opinión como el más intervensionista de la historia Argentina.

También se puede observar la intervención del estado en otras áreas como la producción, el agro, la actividad financiera, las relaciones laborales, etc. Medidas como la creación en 1946 del IAPI (Instituto Argentina para la promoción del intercambio), donde el estado controlaba y regulaba la actividad destinada al intercambio comercial. La creación de bancos destinados a financiar la actividad industrial, como el Banco Industrial de la República Argentina creado en 1943 permitieron a la argentina empezar a transitar un camino hacia una industrialización más compleja de bienes tales como el acero, los químicos o la industria militar.

Con respecto al último eje que mencione anteriormente sobre las relaciones laborales, fue uno de los pilares de la filosofía peronista. Recordemos los objetivos que enunciaba Perón: soberanía política, independencia económica y justicia social. Un estado claramente encarado hacia la satisfacción de las necesidades colectivas, reformó la constitución en 1949, dándole jerarquía constitucional, como derecho inalienable, al trabajo, la salud y la educación.

Se visualiza un estado pleno y activo en el período peronista, un intervencionismo en todos los sectores productivos, como sociales. Un período, como dijimos anteriormente, de una gran presencia del estado, no solo como actor sino como agente promotor, regulador, protector, y coincidiendo con Esteso "se puede hablar de un conjunto de funciones coordinadoras del proceso de valorización a escala nacional, como la aproximación más general al patrón de acumulación que se gesta como la nueva modalidad de intervención"

La Revolución Libertadora que usurpa el poder "significó un cambio político profundo que alcanzó en alguna medida a las empresas públicas, especialmente porque se dispuso la liquidación de algunas de ellas". Hago hincapié en esta simple frase, debido a que el gobierno militar vino a destruir todos lo logrado y creado por el estado en épocas anteriores. Como dice Ugalde "un cambio político profundo", si eso fue, un cambio de políticas, en donde el estado volvía a abandonar esa función de coordinación, promoción, protección y regulación que había asumido anteriormente. Se inicia el período en donde la palabra "privatización" comienza a cobrar fuerza, inclinándose a desprenderse de servicios públicos, y adquiriendo otros como SEGBA (Servicios eléctricos del gran Buenos Aires) en1958.

Esta etapa llamada por algunos ingenuos de "modernización del estado", significó el inicio de un período en donde el capital extranjero con uñas y dientes afilados, viene a desembarcar tal como en la colonia, para no irse del país, por un tiempo largo.

Ya en el período llamado "desarrollista" caracterizado por el intento de una industrialización más profunda impulsada por el estado que nos iba a permitir modernizar el aparato productivo y así lograr el desarrollo, se realizaron, como dice Ugalde, "durante este período ocurren los cambios más importantes en el sector [industrial], tanto por la importancia de las empresas públicas que se crearon como por las modificaciones institucionales que se llevaron acabo". Estos cambios institucionales de los que habla, se refieren cambios en el patrón orientativo de la actividad económica. Ahora el ojo va a estar puesto en la actividad industrial, como motor de crecimiento, si bien la tendencia viene de más atrás, ahora se consolida.

Tal tendencia se refleja, con la creación de la Comisión Nacional de Energía Atómica en 1968 con Atucha y Embalse. Se construyeron dos grandes entes binacionales Salto Grande y Yaciretá, con Paraguay y Uruguay.

Este período se vio también marcado por la intervención del estado en la actividad privada, tal es así, que las empresas que hayan quebrado, seguían actuando bajo administración estatal. Este "intervensionismo moderno", según mi opinión caracterizado por no una intervención directa, sino al estado como subsidiario de la misma, si bien la intervención es clara.

Del proceso militar al regreso a la democracia: este período se caracteriza por lo que Madoery llama "la caída del estado empresario". Este estado es partidario de apartarse aun más de las empresas estatales y lo que es más reducir la actividad estatal. Desprenderse de dos roles la de promotor y de contralor. O como dice Schvarzer: "la necesidad de un repliegue del Estado fue intensamente planteada en cuanto a sus funciones económicas, pero sin mencionar jamás la incoherencia entre esos postulados y el creciente papel totalizador del Estado en todos los aspectos de la vida privada durante el gobierno militar" o como dice Esteso, prima "la necesidad de disminuir la presencia del estado en la economía, ya que la presencia estatal es valorada como perturbadora y obstaculizadora del mundo mercantil En este gobierno de facto, se trato de descentralizar muchas actividades y en algunos casos, participar junto al sector privado en actividades secundarias. Según algunos de los autores, la falta de consenso obstaculizó la privatización de las empresas más importantes, por lo cual se implementaron mecanismos para realizar una "privatización periférica". Empezar por la "privatización parcial de actividades de las grandes empresas públicas, con el siguiente perjuicio de las mismas" Esta lógica estatal, este estado "subsidiario" como dijo Martinez de Hoz, implementó un programa de reducción del tamaño del estado de tal forma que profundizó e impulso un modelo de acumulación centrado no ya en la actividad productiva, sino en la improductiva, como es la actividad financiera, el vivir del endeudamiento y la especulación.

Con el regreso a la democracia coincidimos con Arango de Maglio que estábamos frente a un modelo de desarrollo en crisis y un alto endeudamiento externo, y que era necesario "reformar la administración pública a través de la democratización y transparencia". El estado con esta consigna se planteaba sanear ética y moralmente a la administración pública y terminar con una administración fraudulenta, corrupta e ineficaz.

Con el gobierno radical se profundiza la crisis fiscal, y por ende el endeudamiento. La intención de lograr la mayor eficacia por parte de las empresas publicas, era una utopía ya que la burocracia, malos manejos, y la ineptitud de muchos funcionarios por encarar una reforma del estado en serio, partiendo por donde más duele que es reformar la administración pública y los entes estatales, donde grupos elitistas parasitarios, un sistema de privilegios increíble, obstruyeron y acrecentaron la impronta y la quiebra del estado y sus empresas en 1989.

Planes tras planes se sucedieron para paliar una crisis hiperinflacionaria y fiscal que llevaron al estado a la bancarrota. Y hay que recordar que las intenciones de privatizar vienen de este momento. Se habían hecho un par, pero con la misma orientación de la privatización periférica, pero esta vez un poco más profundo. Una mayoría justicialista impidió un proceso de "privatización estructural" o en términos entendibles, un desguace completo del estado.

La etapa radical estuvo marcada por un crecimiento de las empresas del estado, junto a una creciente improductividad de las mismas. Una marcada falta de voluntad por parte del estado no de privatizarlas, sino de sanearlas moral, ética y así transformarlas en empresas de servicios, y no en una morada de prebendas y favores políticos.

4. El primer gobierno de Menem

En el período que describiremos a continuación podemos decir que llevo a cabo una reforma o "entrega" del estado, y como principal pilar de este proyecto: la "privatización estructural" de las empresas tales como, ENTEL, Aerolíneas Argentinas, YCF, Ferrocarriles Argentinos, YPF, SEGBA, etc. A través de la ley 23696 de Reforma del estado, las mencionadas empresas estaban sujetas a privatización.

Aquí se profundiza una discusión de sí el estado es eficaz y eficiente en el manejo de las empresas publicas o si se debe desligar de ellas, y romper con ese "patrón de centralidad estatal" y achicarse.

Es aquí donde el estado abandona por completa aquellas funciones de coordinador, promotor, protector y contralor; quedándose "formalmente" con esta última, de manera virtual, porque nunca ejercicio ese papel.

Como dice Madoery "el argumento central utilizado para justificar la transferencia de empresas estatales a manos privadas, fue la ineficiencia demostrada en la prestación de servicios y en la producción de bienes, sumado al altísimo costo social y operativo que conllevaba el déficit". Y fue así, el estado mediante estos argumentos se alejaba para siempre de sus funciones naturales, entregando no empresas, sino bienes, que son la riqueza de un país.

La influencia del neoliberalismo que tiene nombre y apellido, nos apuraban a terminar con un patrón de acumulación dirigista por parte del estado, y empezar con otro ligado liso y llanamente al mercado y a la economía de las principales potencias del mundo. O citando otra vez al trabajo de Madoery: "El sistema político argentino mostraba así una fortísima incidencia de actores privados con poder económico, al punto de ser éstos los que terminaban otorgándole el sentido último al proceso de reforma"

Pero la cuestión esta en la forma que el estado se aparto o dejo de intervenir, o sino también de ser un estado empresario. La mala administración del proceso privatizador y de contralor posteriormente, hizo que por un lado se liquiden (regalen) las empresas del estado con una forma de pago que da risa, y por el otro el aumento de tarifas, la poca inversión de los dueños de la concesión; nos da la pauta del grado de burocracia y corrupción que hubo en ese proceso desorganizado, no proyectado, solo hecho, hecho de una forma que significó el achicamiento del estado, frente al agrandamiento del capital privado trasnacional y el incremento del peso de éste en la toma de decisiones.

--------------------------------------------


PRESUPUESTO

Presupuesto público, presupuestos del Estado o presupuestos generales de los poderes públicos es el documento financiero del estado u otro poder del la administración pública, que balancea ingresos públicos y gasto público en el año fiscal. El presupuesto constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones (gastos) que, como máximo, pueden reconocer y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio (anual).

La aprobación de los presupuestos constituye una de las atribuciones básicas del congreso o parlamento de un país, mediante la correspondiente Ley de presupuestos; que es una norma legal, contemplada en diversos ordenamientos jurídicos dictada por este órgano a finales de año (generalmente los últimos días de diciembre) que regula todo lo concerniente a los presupuestos para el año siguiente. Esta ley incluye la relación de gastos que puede ejercer el Estado y los ingresos que éste debe alcanzar en el próximo año. Además, es una ley de naturaleza mixta puesto que su función es legislativa pero también de control. Por sus especiales características, la ley de presupuestos puede tener una tramitación especial o distinta de las otras leyes.

Se entienden por gastos al conjunto de erogaciones, generalmente dinerarias que realiza el Estado para cumplir con sus fines, es decir, satisfacer las necesidades de la sociedad. Por el contrario, los recursos son el grupo de ingresos que tiene el Estado, preferentemente dinero para la atención de las erogaciones determinadas por las exigencias administrativas o de índole económico-social.

Para obtener estos recursos el Estado establece leyes tributarias que deben estar acorde a lo que garantiza la Constitución del país.

Elementos fundamentales del presupuesto público

Carácter jurídico: El presupuesto es una institución jurídica fundamental del Derecho Público, que sanciona la competencia del poder legislativo para controlar la actividad financiera del Estado, como manifestación del carácter representativo de la soberanía popular que supone el parlamento.

Carácter político: Documento de elaboración periódica, este carácter se deriva de su naturaleza política y de instrumento de control, que ha de ser renovado periódicamente.

El presupuesto adopta una forma contable. Desde este punto de vista el presupuesto aparece formalmente equilibrado, lo cual no implica que desde el punto de vista económico esté equilibrado.

El presupuesto supone una autorización de gastos y una previsión de ingresos

Representa la concreción del plan económico de la Hacienda Pública.

El proceso presupuestario

En todo este tiempo se pueden diferenciar para un presupuesto cuatro fases que se solapan cronológicamente.

Elaboración

Se desarrolla en el poder ejecutivo y supone un sistema de negociaciones múltiples entre los distintos responsables de la confección del presupuesto y los diversos departamentos ministeriales y órganos del Estado.

Es obligación del estado de hacer el presupuesto, al ser este un instrumento de preparación y control.

Aprobación

Una vez terminada la elaboración del presupuesto por el gobierno debe pasar al parlamento respectivo donde se discute y, en su caso, podrá aprobarse.

Ejecución

La ejecución presupuestaria no es más que la actividad de la Administración dirigida a la realización de los ingresos y gastos previstos en el presupuesto para un período determinado, por lo general anual.

El control se realiza durante el procedimiento mediante los interventores y después del procedimiento comprueba el correcto gasto del dinero.

Principios presupuestarios

Principio de competencia popular

Corresponde al pueblo, titular de la soberanía nacional, la fijación de todo cobro y pago del Estado. Esto se desarrolla en base a que al Poder legislativo le corresponde la aprobación y promulga

Principio de universalidad

Los presupuestos deben recoger la totalidad de los ingresos y gastos derivados de la actividad financiera del Estado, para que de esta forma sea adecuadamente controlable por el Parlamento.

Principio de especialidad cualitativa, cuantitativa y temporal

Los recursos deben asignarse exactamente para los objetivos fijados en el documento presupuestario. Este principio queda atenuado a través de las transferencias presupuestarias que autorizan el trasvase entre distitintos conceptos del presupuesto siguiendo los procedimientos establecidos. La autorización que supone el gasto público tiene como ámbito temporal el que fija el presupuesto.

Principio de publicidad

la publicidad surje como una consecuencia inevitable al ser el presupuesto una cuestión que afecta a todos los ciudadanos que han determinado su contenido a través del parlamento.

El presupuesto público en Argentina

El envío del Proyecto de la Ley se realiza sobre la base de lo establecido por el artículo 75, inciso 8, de la Constitución Nacional, referido a la atribución al Poder Legislativo de fijar anualmente el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional y de acuerdo al artículo 100, inciso 6, de la citada Constitución que asigna al Jefe de Gabinete de Ministros la responsabilidad de enviar al Congreso el Proyecto de Presupuesto Nacional, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.

2 comentarios:

  1. Profe, tengo un problema, vio el trabajo de donación de órganos que había que entregar en clase, bueno yo lo termine y todo, pero me olvidé de dárselo y lo guardé. Que hago??, si quiere se lo escaneo y mando por e-mail.

    ResponderEliminar
  2. Dale, es buena idea. Si podés escanealo y enviámelo. Mi mail (no sé si lo tenés) es cgfarina@gmail.com
    Saludos.
    El Profe.

    ResponderEliminar